|
Sección Productos y Recursos
Glosario de Servicios Públicos
A -
B -
C -
D -
E -
F -
G -
H -
I -
J -
K -
L -
M -
N -
Ñ -
O -
P -
Q -
R -
S -
T -
U -
V -
W -
X -
Y -
Z
|
|
|
|
E
EFECTO POSIBLE:
Consecuencias que pueden llegar a generar un riesgo existente en el lugar
de trabajo, causando daños en la propiedad o efectos en la salud del
individuo.
EFLUENTE: Líquido que
sale de un proceso de tratamiento.
EGM: Enfermedad General y
Maternidad.
EMISARIO FINAL: Colectores cerrados que llevan parte o la
totalidad de las aguas lluvias, sanitarias o
combinadas de una localidad hasta el sitio de
vertimiento o a las plantas de tratamiento de aguas residuales. En caso de
aguas lluvias pueden ser colectores a cielo abierto.
|
|
EMISIÓN: Descarga de
una sustancia o elemento al aire, en estado sólido, líquido o gaseoso, o en
alguna combinación de estos, provenientes de una fuente fija o móvil.
EMP: Empresa
de Medicina Prepagada.
EMPLEADOR: Quien ordena
el servicio y paga una remuneración por la prestación del mismo.
EMPRESA ABORTANTE: Es la persona o entidad que tiene la obligación directa
frente a la administradora de cumplir con el pago de los aportes
correspondientes a uno o más de los servicios o riesgos que conforman el
Sistema y para uno o más afiliados al mismo.
EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL
ESTADO:
Es el
organismo creado por ley o autorizado por ésta, que desarrolla actividades
de naturaleza industrial o comercial conforme a las reglas de derecho
privado, salvo las excepciones que consagra la ley, con personería
jurídica, autonomía administrativa y capital independiente.
EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD ESS:
Es la entidad de naturaleza
solidaria, mutual o cooperativa, habilitada para la administración de los recursos del régimen subsidiado del
Sistema General de Seguridad Social en Salud, que cumple con los requisitos
exigidos por
la Superintendencia
Nacional de Salud.
EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO
ESE:
Es una categoría especial de entidad pública descentralizada, con
personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creada
por la Ley o
por las asambleas o concejos, encargada de prestar servicios de salud.
EN LIQUIDACIÓN:
Proceso que se ordena a una empresa, debido a su
incapacidad para responder a las obligaciones financieras contraídas. Incluye
las siguientes acciones: El embargo, secuestro y avalúo de todos los bienes
embargables del deudor. La aprehensión inmediata de sus libros de cuentas y
demás documentos relacionados con el negocio. La prevención a los deudores
de que solo pueden negociar o pagar al liquidador.
ENFERMEDAD PROFESIONAL: Aquella que sobreviene como consecuencia obligada del
trabajo que desempeña el individuo.
ENFERMEDADES DE ALTO COSTO /
CATASTRÓFICAS: Son aquellas
patologías de alta complejidad que por su costo, frecuencia e impacto
social y económico requieren ser reaseguradas mediante pólizas y manejadas
a través de equipos interdisciplinarios e interinstitucionales.
ENTERRAMIENTO: (Resolución
CRA 15 de 1997): Técnica de tratamiento y disposición final de residuos
sólidos que consiste en colocarlos en una excavación, aislándolos
posteriormente con tierra u otro material de cobertura.
ENTIDAD
PRESTADORA DEL SERVICIO PÚBLICO DOMICILIARIO DE ASEO: Es la persona
natural o jurídica, pública, privada o mixta, encargada de todas, una o
varias actividades de la prestación del servicio público domiciliario de
aseo, en los términos definidos por el artículo 15 de
la Ley 142 de 1994.
ENTIDAD
TARIFARÍA LOCAL: (Resolución CRA 117 de 1999): Persona natural o jurídica
que tiene la facultad de definir las tarifas de los servicios de acueducto,
alcantarillado o aseo. Son entidades tarifarías
locales: a) El alcalde municipal, cuando sea el municipio el que
preste directamente el servicio o la junta municipal de servicios públicos;
b) La junta directiva de la empresa o entidad o quien haga sus
veces; c) Quien establezca el contrato en el caso de las entidades
prestadoras con vinculación contractual con el municipio.
ENTIDADES
ADMINISTRADORAS DE PENSIONES:
Son
las instituciones que administran los recursos que el trabajador y el
patrono aportan. Son de dos clases: * Las administradoras del Régimen de
Prima Media con Prestación Definida. * Las administradoras del Régimen de
Ahorro Individual con Solidaridad.
EPS:
Entidad
Promotora de Salud. Es una aseguradora. Se constituye como el módulo
administrativo del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Su función
es la de administrar los servicios de salud y los recursos del Sistema
General de Seguridad Social en Salud delegados por el FOSYGA. Se encarga de
inscribir, afiliar y carnetizar a la población
beneficiaria ya sea del Régimen Contributivo o del Régimen Subsidiado para
garantizar en su favor los servicios contemplados por los diferentes planes
obligatorios de salud con cargo al aseguramiento de la población
beneficiaria y la prestación de servicios a través de la red de IPS en
forma directa e indirecta.
ESCORRENTÍA: Volumen que
llega a la corriente poco después de comenzada la lluvia.
ESE: Empresas Sociales del Estado,
son los hospitales y centros de salud del Estado que se transforman en
empresas con autonomía administrativa. Se constituye como la cabeza de la
red pública de servicios en salud y puede ser del orden Nacional,
Departamental, Distrital o Municipal conformada
por los hospitales públicos de los diferentes niveles de especialidad o
complejidad y de los centros de salud cuya capacidad tecnológica y de
oferta de los servicios así lo permita. Su Junta Directiva es tripartita:
se encuentra conformada por el sector político administrativo, sector científico
y sector de la comunidad, que le permiten desarrollar la prestación de los
servicios de salud como oferta y venta de servicios en favor de los
beneficiarios del régimen contributivo y subsidiado y los vinculados al
sistema.
ESS: Empresa
Solidaria de Salud. Entidad promotora de salud de tipo cooperativo,
específicamente organizada para la administración del régimen subsidiado.
Se constituye como una de las tres administradoras del régimen subsidiado
en salud autorizado por el decreto 2357 de 1995. Este es un programa de
tipo comunitario que organiza modalidades solidarias y comunitarias para el
desarrollo de servicios de salud en favor de una comunidad determinada que
podrá ser socia de esta o afiliada como beneficiaria dentro del régimen
subsidiado en salud.
ESTABLECIMIENTO PÚBLICO:
Es el organismo creado por ley o autorizado por esta,
encargado de funciones administrativas, con personería jurídica, autonomía
administrativa, y patrimonio independiente.
ESTACIÓN DE
BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES:
Componente de un sistema de alcantarillado sanitario o combinado utilizado
para evacuar por bombeo las aguas residuales de las zonas bajas de una
población. Lo anterior puede también lograrse con estaciones elevadoras de
aguas residuales. Una definición similar es
aplicable a
estaciones de bombeo de aguas lluvias.
ESTACIÓN DE
BOMBEO: Componente destinado a aumentar la presión del agua con
el objeto de transportarla a estructuras más elevadas.
ESTACIONES DE
TRANSFERENCIA: (Capítulo F1 Resolución MDE 0822 de 1998): Son
las instalaciones dedicadas al traslado de residuos sólidos de un vehículo
recolector a otro con mayor capacidad de carga, que los transporta hasta su
disposición final.
ESTRATIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICA: (Art. 101 Ley 142 de 1994): Clasificación de las viviendas
de acuerdo con las características de construcción y de disponibilidad de
vías, medios de transporte, servicios públicos y demás parámetros adoptados
por el DNP. Es deber de cada municipio hacer las estratificación, adoptarla
y entregarla a las empresas de servicios públicos para su aplicación con
fines de establecer los subsidios y las contribuciones.
ESTRATO
SOCIOECONÓMICO: (Artículo 102 Ley 142 de 1994): Nivel de clasificación
de un inmueble como resultado del proceso de estratificación socioeconómica.
Legalmente existe un máximo de seis estratos socioeconómicos: Estrato 1
o Bajo-bajo; Estrato 2 o Bajo; Estrato 3 o Medio-bajo;
Estrato 4 o Medio; Estrato 5 o Medio-alto y
Estrato 6 o Alto. Ninguna zona residencial urbana que carezca
de la prestación de por lo menos dos servicios públicos domiciliarios
básicos podrá ser clasificada en un estrato superior.
ESTRUCTURAS DE
ENTREGA: Estructuras utilizadas para evitar daños e inestabilidad
en el cuerpo de agua receptor de aguas lluvias o residuales.
ESTUDIO DE
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL: (Capítulo F1 Resolución MDE
0822 de 1998): Estudio
destinado
a identificar y evaluar los potenciales impactos positivos y negativos que
pueda causar la implementación, operación, futuro inducido, mantenimiento y
abandono de un proyecto, obra o actividad, con el fin de establecer las
correspondientes medidas para evitar, mitigar o controlar aquellos que sean
negativos e incentivar los positivos.
Otros
Diccionarios:
Administrativo -
Comercio Internacional
- Contable -
eBusiness -
Económico y Financiero -
Servicios Públicos
*
* * * *
Página Principal
-
eBoletín
-
Productos
-
eLearning
-
eConsulting
-
Sugerencias
- Publicidad
-
Alianzas con GyN
-
Quiénes Somos
-
Contáctenos
Negocios con Latinoamerica
©
2.007 GerenciayNegocios.com.
Todos los derechos
reservados. All rights reserved.
Todas las marcas registradas son propiedad de la
compañía respectiva o de BUSINESSCOL Ltda -
GERENCIAYNEGOCIOS.COM
All trademarks are owned by the respective company
or by BUSINESSCOL Ltda - GERENCIAYNEGOCIOS.COM |